Registro civil de nacimiento

 

 

 

 

Registro civil de nacimiento


En Colombia, el Registro civil de nacimiento se realiza principalmente en la Registraduría Nacional del Estado Civil y en las notarías, pero actualmente es posible realizar la inscripción al registro civil de nacimiento en hospitales y clínicas, independiente de la fecha y el lugar en la que haya nacido la persona (Artículo 118 de la Ley 1395 de 2010).

El inscribir a una persona en el registro civil de nacimiento permite que se le reconozca su existencia legal e individual, se le asigna un número único de identificación personal (NUIP). Este registro permite que le sean reconocidos sus derechos y deberes como colombiano.

Índice
  1. ¿Qué comprende el Registro Civil de Nacimiento?
  2. Requisitos
    1. Para menores de 1 mes
    2. Para mayores de 1 mes
    3. Apuntes sobre la Paternidad

¿Qué comprende el Registro Civil de Nacimiento?

El Registro civil de nacimiento esta comprendido de lo siguiente:

  • Nombre y apellidos de quien se registra.
  • Sexo (masculino o femenino).
  • Municipio o distrito y la fecha de nacimiento.
  • Oficina donde se inscribió.
  • Hora y el lugar del nacimiento.
  • Nombres, apellidos e identificación de la madre y el padre.
  • Nacionalidad de los padres y su estado civil.
  • Código del registro de nacimiento y registro de matrimonio de los padres.
  • Nombre y apellido del profesional que certificó el nacimiento, y el número de su licencia.

Requisitos

Para menores de 1 mes

Para realizar el registro se debé aportar los siguientes documentos:

  • El original del Certificado de nacido vivo, el cuál es expedido por el médico o el centro hospitalario.
  • El grupo sanguíneo y el RH del menor.
  • Si no se tiene el certificado de nacido vivo, se debé presentar una declaración bajo juramento de 2 testigos, que hayan presenciado el nacimiento o tengan conocimiento del acontecimiento.

Para mayores de 1 mes

Si el parto de la madre no fue atendido por un médico, y ha pasado más de un mes del nacimiento, se deben presentar lo siguiente:

  • Alguno de los documentos descritos en el punto anterior, si se tienen.
  • Declaración bajo juramento de 2 testigos, que hayan presenciado el nacimiento o tengan noticia del mismo.

Nota: Este trámite se debe realizar dentro del mes siguiente al nacimiento del bebé. El Certificado de nacido vivo de una entidad oficial tiene vigencia permanente. La inscripción en el registro civil es gratuita.‬‬‬‬


Apuntes sobre la Paternidad

  • Si el padre y la madre no están casados pero el padre quiere reconocerlo, los dos tienen que suscribir el Registro de Nacimiento.
  • Si es un hijo extramatrimonial no reconocido, la inscripción estará a cargo de la madre. Puede indicar en el registro, los nombres y apellidos del presunto Padre.
  • Si la madre no indica o expresa el nombre y apellido del presunto Padre, pero luego ambos comparecen para hacer el reconocimiento del hijo extramatrimonial el trámite se hace mediante Escritura Pública.

 

Si, además de Registro civil de nacimiento quieres conocer otra información, puedes visitar Trámites - Registro civil.

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